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La Coctelera

Categoría: Casos Judiciales

Condenada una religiosa octogenaria por abusos sexuales

Norma Giannani pasará un año en prisión por haber mantenido relaciones sexuales con dos niños en los años sesenta

Una religiosa de 79 años va a pasar un año en prisión por haber abusado sexualmente de dos niños de 12 y 13 años en la década de los sesenta. Norma Giannani cometió estos delitos siendo directora del colegio donde sus víctimas estudiaban, según la sentencia dictada este viernes por un tribunal de Milwaukee, en Estados Unidos.

Durante el juicio, una de las víctimas ha explicado que los abusos sufridos cuando era niño le han atormentado toda su vida hasta el punto de llegar a perder la razón, según informa el diario Chicago Tribune. “Estaba seguro de que iría al infierno por haber mancillado a una religiosa”, declaró. El hombre ha declarado también que tiene tendencias suicidas y que a menudo se ha refugiado en el alcohol y las drogas.

Las acusaciones contra la religiosa comenzaron en 1992, pero los responsables eclesiásticas no lo comunicaron a las autoridades, indica el Chicago Tribuna. La causa judicial no se abrió hasta 2005. Se pedían para ella 20 años de prisión, que finalmente se han quedado en 10, de los que deberá pasar uno en la cárcel.

Según una investigación interna realizada por responsables de la Iglesia católica, la religiosa puede haber abusado también de otros tres niños.

A una hora de la silla eléctrica

Un escocés vuelve a casa tras 21 años de lucha contra su ejecución

Kenny Richey, 43 años de vida, 21 de ellos encerrado en el corredor de la muerte y con dos infartos a cuestas, llegó por fin a casa el miércoles pasado. El suyo ha sido un largo viaje que empezó el 30 de junio de 1986, cuando una niña de dos años murió en un incendio en un pueblo del norte de Estados Unidos y él fue acusado y condenado por haber provocado el fuego.

El viaje de Richey estuvo a punto de acabar para siempre en 1994, cuando la ejecución fue suspendida cuando se encontraba a tan solo una hora de ser ejecutado en la silla eléctrica. En agosto pasado, tras una intensa campaña internacional, el Tribunal Supremo de Estados Unidos revocó la pena de muerte que le habían impuesto los tribunales de Ohio y ordenó que se celebrara un nuevo juicio o que fuera liberado.

Las autoridades judiciales de Ohio decidieron seguir con el caso. Pero el lunes pasado, Kenny Richey obtuvo la libertad tras un pacto que le ha permitido a él salvar la vida y dejar la cárcel, y a los tribunales de Ohio, salvar la cara, porque Richey sigue siendo considerado culpable de la muerte de la niña, pero en lugar de asesino, ha pasado a ser considerado homicida involuntario.

Tras degustar por primera vez en libertad un filete de ternera con patatas fritas y cebolla, compartir una porción de tarta de queso con su ex esposa, Wendy, y pasar una última noche en territorio estadounidense, Kenneth Richey voló a Edimburgo para reunirse con su madre, Eileen, y empezar una nueva vida. "Me siento fantástico. Estoy encantado de haber vuelto. Gracias por todo el apoyo que he tenido aquí", se limitó a decir a su llegada, y se lo llevaron a un hotel para que se reuniera con su madre. Su discreción no es casual: los detalles los reserva para un periódico dominical y una televisión a los que ha concedido la exclusiva de su relato por algo más de 40.000 euros. Le harán falta para superar una fase que los expertos consideran tan difícil como el corredor de la muerte: adaptarse a la vida cotidiana tras pasar 7.861 días en la cárcel, la mayoría de ellos en solitario durante 24 horas al día.

Su salud, además, no es buena. Ha sufrido dos infartos en prisión, y su puesta en libertad tuvo que aplazarse varias semanas porque le tuvieron que internar urgentemente en un hospital por problemas cardiacos. "Le voy a recibir con unas buenas haggis [morcillas de cordero] y luego le voy a poner a dieta estricta", declaró su madre, que trabaja de encargada en una lavandería de Edimburgo.

Nacido en Holanda el 3 de agosto de 1964 y criado en Escocia, Kenny Richey se mudó a Ohio (Estados Unidos) en 1982 para vivir con su padre. Cuando ocurrieron los hechos que han marcado su vida, Kenny era un ex marine -tiene la doble nacionalidad, estadounidense y británica-, pendenciero y alcoholizado, al que se le calentaba la boca enseguida. El relato de los hechos del 30 de junio de 1986 elaborado por la fiscalía no le deja bien parado. En aquellos días estaba muy disgustado por la ruptura de un breve noviazgo con una vecina llamada Candy Barchet; se emborrachaba con frecuencia y los celos le hacían perder la compostura cuando la veía con otros hombres, algo que ocurría cada dos por tres. Le había amenazado públicamente con matarla. "Si yo no puedo tenerla no la tendrá nadie más", dicen que decía. Varios testigos aseguraron que había manifestado abiertamente sus intenciones de quemar la casa donde ella vivía.

A las 4.15 de la madrugada del 30 de junio de 1986 hubo un incendio en el complejo de apartamentos Old Farm Village, en Columbus Grove, un pueblo de 2.200 habitantes situado a 170 kilómetros de Columbus, la capital del Estado de Ohio. A Candy y su novio no les pasó nada, pero muró asfixiada Cynthia Collins, una niña de dos años que esa noche estaba al cuidado de Richey. El jefe de los bomberos concluyó de inmediato que el fuego había sido accidental, pero Kenneth Richey fue acusado y acabó siendo sentenciado a morir en la silla eléctrica.

Aunque las apariencias le señalaban como culpable, en realidad no se presentaron verdaderas pruebas contra él. En el juicio se ignoró que los bomberos habían sido llamados tres veces en los días anteriores porque se habían detectado humos sospechosos; se dio por hecho que el acusado había desconectado la alarma de la casa, cuando los vecinos solían desconectarla a menudo; las pruebas de los peritos asegurando que el fuego era intencionado fueron desmontadas años después por otros expertos; y el acusado tuvo que ser sujetado por los bomberos cuando aquella noche intentaba salvar a la niña, atrapada en el piso de arriba.

Richey jamás aceptó su culpabilidad, a pesar de que eso le podía salvar la vida. Prefirió el camino de apelar contra la condena una y otra vez, a pesar de que perdió, uno detrás de otro, todos los recursos ante la justicia local y estatal. Fue la justicia federal de Estados Unidos la que decidió revocar parcialmente la sentencia cuando estudió el caso por primera vez en 2005 y de forma definitiva en agosto pasado.

Al final: hecha la ley, hecha la trampa. El Estado de Ohio ha ofrecido un pacto a Richey para acusarle de homicidio involuntario -en lugar de asesinato- y otros delitos colaterales, que permitirían condenar a Richey a 21 años de prisión. Técnicamente se llama no contest, una figura derivada del latín nolo contendere por la que el acusado no se declara culpable ni inocente. De esta forma, Ohio puede salvar la honra -y los barcos, porque no tendrá que indemnizar al condenado- al mantener la culpabilidad de Richey; y éste salva la vida y abandona la prisión sin declararse culpable.

"Que sepas que no has engañado a nadie. Ojalá ardas en el infierno", le espetó en los tribunales Valerie Binklay, tía del bebé que murió en 1986. "Intento no pensar en la muerte de mi hija, pero ese pensamiento me ha perseguido durante 21 años. El dolor me acompañará para siempre", manifestó el padre de la pequeña, Robert.

Pero en Estados Unidos el caso no sólo ha suscitado emociones. También ha dado paso a una reflexión sobre el funcionamiento de la justicia y el riesgo de aplicar la pena de muerte cuando hay dudas sobre la culpabilidad de los condenados. A juicio del diario The Blade, que se edita en Toledo -la capital universitaria de Ohio-, el caso "ha sido un embarazoso recordatorio de que las ruedas del sistema judicial de Ohio a veces chirrían de una manera cruel e interminable que no garantiza que se imponga la justicia verdadera".

Según Richey, su caso no es una excepción. "Sólo en el corredor de la muerte de Ohio hay al menos 20 inocentes que yo conozca personalmente", asegura.

Los internautas llevan a la SGAE ante el fiscal Anticorrupción

Denuncian que sus directivos se han lucrado mediante sociedades paralelas

La guerra abierta que mantienen los internautas contra la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE), encargada de la gestión de los derechos de autor de los creadores y artistas, se ha trasladado al ámbito judicial. Las dos principales asociaciones de este colectivo -Asociación de Internautas (AI) y Asociación de Usuarios de Internet (AUI)- presentaron ayer una denuncia ante la Fiscalía Anticorrupción para que investigue a la SGAE por los presuntos delitos de apropiación indebida, estafa y fraude de subvenciones.

Eduardo Bautista
La denuncia señala que directivos de la SGAE han obtenido presuntamente una serie de beneficios económicos a través de la creación de una trama de sociedades limitadas que se financian de los fondos procedentes de la recaudación de derechos de autor, pese a que la SGAE, como entidad de gestión colectiva, está obligada por ley a no ejercer actividades con ánimo de lucro.

A la denuncia se han unido también la Asociación Española de Pequeñas y Medianas Empresas de Informática y Nuevas Tecnologías (APEMIT) la Asociación Española de Hosteleros Víctimas del Canon (VACHE).

El texto presentado ante la Fiscalía argumenta que sociedades como Microgénesis y Coqnet, ajenas en apariencia a la SGAE, hayan compartido sede social y directivos con la entidad de gestión, entre los que cita a José Luis Rodríguez Neri, Rafael Ramos Díaz o Eva García Pombo. Microgénesis ha desarrollado para la SGAE el sistema de gestión Teseo; La Central Digital, que comercializa contenidos musicales a través de Internet, y la web de Portal Latino.

"Estas cuentas evidencian la existencia de un entramado societario que no mantiene sólo las dos empresas antes citadas y además, lo hace con fines claramente lucrativos, (prohibido expresamente por ley), en el sentido de que sus socios obtienen una serie de beneficios económicos y comerciales como directivos de aquellas empresas (a costa de la SGAE y la protección legal que nuestro sistema de derecho ofrece a su gestión), sino también, el incumplimiento de otro importante mandato legal: 'El reparto de los derechos recaudados se efectuará equitativamente entre los titulares de las obras o producciones utilizadas' (art. 154.1 de la Ley de Propiedad Intelectual)", dice expresamente el escrito presentado ante la Fiscalía.

"Están invirtiendo las cantidades recaudadas en concepto de gestión de derechos de autor en el lucro propio de sus directivos, que si bien no participaron directamente, es evidente que lo favorecieron deliberadamente", señalan los denunciantes.

La denuncia añade que el sistema de recaudación de la sociedad cuyo consejo de dirección preside Teddy Bautista es "injusto" porque grava, por ejemplo, las actuaciones en televisión y las bodas, y se extralimita en la vigencia de los derechos.

Cultura, también culpable

Pero los denunciantes no sólo apuntan a la SGAE. También acusan al Ministerio de Cultura de haber cerrado los ojos ante esta situación pese a las reiteradas denuncias tanto de los colectivos afectados como de las informaciones periodísticas.

"La indudable evidencia de la malversación habida, en la gestión de los recursos económicos de la SGAE, recursos que en ocasiones incluso son, o han sido, recursos públicos (subvenciones y ayudas) (...), nos obliga a poner de manifiesto la subsidiaria culpa in vigilando del Ministerio de Cultura, por ser el principal fiscalizador de la actividad de este tipo de asociaciones", señala la denuncia.

El Constitucional anula artículos de la Ley de Extranjería que limitaban los derechos de reunión y asociación

El Alto Tribunal también hay declarado "inconstitucional y nula" en dos artículos de esta ley referidos a la educación no obligatoria y a la asistencia jurídica gratuita

El Tribunal Constitucional ha declarado inconstitucionales tres artículos de la Ley de Extranjería, -7.1, el 8 y el 11.1.- que condicionaban el ejercicio de los derechos de reunión, manifestación y asociación y la libertad de sindicación a poseer autorización de estancia o residencia en España.

El Alto Tribunal ha adoptado esta decisión en la sentencia, de la que sólo se ha dado a conocer el fallo, en la que resuelve el recurso de inconstitucionalidad que el Parlamento de Navarra interpuso contra varios artículos de la Ley Orgánica 4/2000 sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.

En su redacción actual, el primero de ellos establece que "Los extranjeros tendrán el derecho de reunión, conforme a las leyes que lo regulan para los españoles y que podrán ejercer cuando obtengan autorización de estancia o residencia en España".

El artículo 8 dice que "todos los extranjeros tendrán el derecho de asociación conforme a las leyes que lo regulan para los españoles y que podrán ejercer cuando obtengan autorización de estancia o residencia en España".

Por su parte, el artículo 11.1 -que se declara inconstitucional exclusivamente respecto al derecho a sindicarse libremente- señala que "los extranjeros tendrán derecho a sindicarse libremente o a afiliarse a una organización profesional, en las mismas condiciones que los trabajadores españoles, que podrán ejercer cuando obtengan autorización de estancia o residencia en España".

El primero señala que "los extranjeros residentes tendrán derecho a la educación de naturaleza no obligatoria en las mismas condiciones que los españoles". El otro dice que "los extranjeros residentes que acrediten insuficiencia de recursos económicos para litigar tendrán derecho a la asistencia jurídica gratuita en iguales condiciones que los españoles en los procesos en los que sean parte, cualquiera que sea la jurisdicción en la que se sigan".

La sentencia, de la que ha sido ponente la presidenta del Constitucional, María Emilia Casas, y que se notificará próximamente, ha recibido tres votos particulares.

Los diez mandamientos del perfecto mafioso

La policía halla entre los documentos del jefe de la Cosa Nostra detenido el lunes el 'código de honor' de la mafia siciliana

El decálogo del perfecto mafioso, los derechos y deberes para formar parte de la Cosa Nostra, la mafia siciliana, era uno de los documentos que llevaba siempre consigo el último padrino, Salvatore Lo Piccolo, arrestado el pasado lunes tras 25 años como fugitivo. En el maletín de piel de Lo Piccolo, considerado el heredero del jefe de jefes de la Cosa Nostra, Bernardo Provenzano, la policía ha hallado un texto, escrito a máquina y en mayúsculas, con el escueto y preciso título de Derechos y deberes. Abajo, una lista con los diez mandamientos, las reglas que jamás se pueden transgredir para tutelar la organización y para garantizar la fidelidad, obediencia, moderación y sobriedad que caracterizan a un "hombre de honor".

Salvatore Lo Piccolo
El primer mandamiento prohíbe "prestar dinero directamente a un amigo" y aconseja, si es necesario, hacerlo a través de una tercera persona. El segundo es que "no desearás a la mujer del prójimo".

El tercer mandamiento prohíbe cualquier tipo de relación con la policía y, además, el verdadero "hombre de honor" tampoco se deja ver por bares y círculos sociales, como explica el cuarto. Y, si el deber le llama, tiene que estar disponible en cualquier momento, incluso, cita el quinto mandamiento, "si su mujer está a punto de parir".

El documento, entre decálogo mafioso y manual de buenas maneras, exige a los hombres de la Cosa Nostra "puntualidad" y el respeto "de manera categórica" de todas las citas. En el séptimo, tras prohibir desear a la mujer del prójimo, se exige "el respeto a la esposa". El octavo obliga a "decir la verdad" a cualquier pregunta y en cualquier situación.

Mientras, el noveno hace referencia a una de las reglas de la "dignidad" mafiosa: se puede matar, extorsionar, traficar, pero nunca "robar el dinero de otras personas o de otros clanes mafiosos".

El decálogo se completa con un mandamiento más complejo, en el que se dan indicaciones precisas sobre quién puede formar parte de la Cosa Nostra o, más bien, quién no podrá jamás entrar en la "familia". La organización no permite la entrada "de quien tiene un familiar en las fuerzas del orden", quien ha "traicionado sentimentalmente" a la mujer, tiene "un mal comportamiento o no demuestra valores morales".

Esta hoja formaría parte de un ritual de adhesión a la Cosa Nostra, un texto para leer o aprender de memoria y recitar antes de entrar en la organización. Entre los papeles de Lo Piccolo también se ha encontrado una estampa con una imagen religiosa y la frase: "Juro ser fiel a la Cosa Nostra y, si la traiciono, que se quemen mis carnes como se quema esta estampita".

Los documentos que llevaba consigo Lo Piccolo se están convirtiendo en una auténtica mina de oro para comprender el universo mafioso y para continuar la batalla contra el crimen organizado. La literatura mafiosa y también las declaraciones al juez de algunos "arrepentidos" de la Cosa Nostra habían hablado siempre de la existencia de un código de honor, pero ahora, tras el arresto de Lo Piccolo, se tiene la prueba material.

Condenada una mujer en San Sebastián a un año de cárcel por denunciar falsas violaciones

Actuó en venganza contra un hombre porque éste terminó la relación que mantenían

Un juzgado de San Sebastián ha condenado a un año y tres meses de cárcel a una mujer que acusó en falso a un hombre de haberla violado cuatro veces. La mujer actuó en venganza porque el hombre, con el que había mantenido relaciones sexuales, le había anunciado su intención de dejar la relación. La mujer también ha sido multada con 1.080 euros y deberá indemnizar al hombre con otros 3.000.

Según la sentencia del caso, los hechos ocurrieron el 12 de febrero de 2005, día en el que la acusada, ciudadana dominicana, mantuvo cuatro o cinco relaciones sexuales consentidas con el hombre en el domicilio de éste y en un coche.

Le dijo que le iba a mandar a la cárcel
Durante el juicio, el hombre admitió las relaciones sexuales pero declaró que cuando dijo a la mujer que era "la última vez" ella "empezó a chillar y a arañarle", le rompió el teléfono móvil y le aseguró que iba a mandarlo a la cárcel.

Varias personas que oyeron el alboroto alertaron a la Ertzaintza porque "una mujer estaba agrediendo a su pareja y destrozando el domicilio". Al llegar al piso los agentes comprobaron que el hombre "presentaba arañazos en el cuello y una brecha en la ceja izquierda".

"Con plena consciencia de su falsedad"
Al día siguiente, la mujer acudió a un juzgado de San Sebastián donde, "con plena consciencia de su falsedad", denunció que el día de los hechos el hombre la llevó a su domicilio, le pegó un puñetazo en el estómago, cerró la puerta con pestillo, la tiró sobre la cama, le rompió la ropa y "acabó forzándola cuatro veces".

El supuesto caso de violación finalmente no llegó a ser juzgado porque la Audiencia de Guipúzcoa sobreseyó la causa después de que los abogados de la mujer renunciaran a defenderla. Entonces, los tribunales iniciaron un procedimiento contra la mujer por falsa denuncia que ha concluido con la condena de la acusada.

La sentencia se basa en "las declaraciones absolutamente convincentes" del perjudicado y la declaración del médico forense que inspeccionó a la procesada y no observó lesiones o "afectación" de la zona genital a pesar de que supuestamente había sufrido cuatro violaciones.